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El Municipio

El municipio siempre ha estado ligado a la administración de las ciudades. los rasgos occidentales de nuestro municipio de las concepciones grecolatinas de organización social y de las variantes introducidas por España e implantadas durante la conquista de México al establecer formalmente el primer municipio: el de la Villa Rica de Veracruz en 1519.

Cabildo

Cabildo

El estado de Nuevo León se conforma por 51 municipios:

Por otro lado cada municipio debe ser representado por un Presidente Municipal el cual es al que se recurre para las necesidades.

Pero por otro lado no se podría conformar sin una Población la cual conglomerado de individuos que, establecido en asentamientos urbanos o rurales, de menor a mayor tamaño, expresan civilizaciones en todas sus manifestaciones: educación, arte, cultura, artesanía, comercio, industria y otras.

Al igual que un Territorio que es el espacio físico determinado jurídicamente por limites geográficos para cada municipio, en el cual se dan las acciones y transformaciones originadas diariamente por la actividad de la población y gobierno.

Tres poderes de la Unión

Estos tres poderes de la Unión existen tanto en el ámbito Federal, Estatal y Municipal.
Federal: toda la república, se rige desde la capital del país Ciudad de México.
Estatal: en la capital de cada Estado.
Municipal: cabeza municipal.
Tienen como objetivo no solo separar las funciones de gobierno, sino equilibrar el poder y así evitar que se ponga en riesgo la democracia.

División de poderes

La organización política de México divide el ejercicio del poder publico en tres poderes.
Legislativo: encargado de elaborar las leyes que rigen al gobierno y a las ciudades, para garantizar la coexistencia de la sociedad.
Ejecutivo: encargado de aplicar lo que marcan las leyes y, con base en estas, llevar a cabo la tarea de gobernar.
Judicial: con la labor de cuidar que las leyes se apliquen concretamente y de resolver conflictos para que exista armonía social.
Cada una de ellas realiza funciones especificas que la Constitución Mexicana expresa.

Gobierno

EL Gobierno es el administrador de los bienes y haciendo del Municipio, integrado en el ayuntamiento electo por el voto popular.

Gobierno del Estado

El Poder Ejecutivo Gobierno del Estado- Gobernador
El poder ejecutivo descansa en un Gobernador electo directamente por la ciudadanía de manera secreta para un periodo de 6 años sin posibilidad de reelegirse.

Nuevo León: solo puede ostentar el cargo un ciudadano mexicano por nacimiento mayor de 30 años y con menos de 5 residencia en la entidad
En la actualidad el cargo es ejercido por Jaime Rodriguez Calderón como independiente (se va el 4 de Octubre de 2021).

Jaime Rodriguez Calderón (Bronco) actual Gobernador del Estado de Nuevo León

Obligaciones del Gobernador

Órgano de fiscalización que es la propuesta de presupuesto.
Rendición de informes de labores.
Acción directa en registros civil.

Responsabilidades del Gobernador

Representar, dar tramite y resolución a las cuantas de su competencia, podrá mediante acuerdos delegar sus facultades en los servidores públicos de las unidades administrativas.

El poder ejecutivo se compone de varias instituciones, la administración pública centralizada y para la estatal. La administración pública central se compone de todas las secretarias de estados, la procuraduría estatal y sus oficinas privadas.
La administración publica para estatal se compone de los organismos públicos descentralizados (con autonomía administrativas y que dan servicios públicos), y de los fideicomisos públicos estatales.

Dependencias: las que son aquellas que son fideicomisos que se manejan mas autónomas con algún beneficio propio o para el Estado.
Gabinete: funcionario que ayudan al compañero Bronco.

Poder ejecutivo: Gobierno del Estado
Poder legislativo: Diputados
Poder judicial: La constitución Político de los Estados Unidos Mexicanos, determina que la soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo u se ejerce por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de estas, y por los de los estados.

Secretario de Gobierno
Manuel Florentino Gonzales Flores, es un político y abogado mexicano, quien cubre al Bronco durante su postulación del Bronco a la presidencia.

Gobierno Federal

El presidente de la república es considerado el Jefe del Poder Ejecutivo a nivel federal, en tanto que los presidentes municipales a nivel municipal.

El poder ejecutivo federal

Esta depositado en una sola persona, el presidente de la República, quien es electo en forma popular, directa y mayoritaria. Dura 6 años en su cargo y jamas puede volver a desempeñarla.
La administración publica federal esta a cargo de la Secretarias del Estado y Departamento Administrativos:

Dependencias:

Facultades del presidente de la república:

Organizar y dirigir la política y administración publica a través de las secretarias de Estado.

Promulgar y ejecutar los secretarios de Estado.

Dirigir la política exterior y tratados internacionales con aprobación del Senado.

Poder Legislativo Federal

Tiene la facultad de elaborar las leyes que rigen la vida social o de modificar las que ya existen de acuerdo con la opinión de los ciudadanos.
En México el poder Legislativo se deposita en un Congreso General (Congreso de la Unión), constituido por la Cámara de Senadores (representantes directos de los ciudadanos de los estados) y por la Cámara de Diputados.

En algunos países, la reunión de los miembros de este poder es denominado Parlamentos Asamblea Nacional o Congreso.

Poder Legislativo Federal – Congreso de la Unión
Cámara de Senadores/ Cámara de Diputados = Elección de distrito

La Cámara de Diputados

Conformada por 500 diputados:
300 diputados son elegidos por el municipio de votación mayoritaria relativa.
200 son elegidos por el municipio de representación proporcional.

Mayoría relativa: tipo de votación que tiene por principio elegir a quien tenga el mayor numero de votos emitidos.
Representación proporcional: el porcentaje de votos que reciben las cantidades determina de manera proporcional el numero de escaños que son asignados en el órgano directo.

Senado de la República

Se le conoce como la Cámara Alta:

Está integrada por 128 Senadores de los cuales en cada Estado y en la Ciudad de México, 2 son electos, según el principio de votación mayoritaria relativa y uno es asignada a la primera minoría.
La senaduría de primera minoría es asignada al partido político que por sí mismo ocupe el segundo lugar en número de votos en la entidad de que se trate.
Los treinta y dos senadores restantes son electos según el principio de representación proporcional mediante el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal nacional.

Facultades del Senado de la República:

Tienen facultades que les otorga la Constitución, están encargados de analizar la política exterior implementado por el Presidente y por el secretario de Relaciones Exteriores.
Vigilan que las relaciones de México con otros países desarrollen con base a lo establecido en las leyes. Tradición diplomático y tratados internacionales y así cuidar que nuestro país viva en armonía con el mundo.

Senado de la República

Permitir el paso de tropas extrajeras por territorio nacional.

Luz verde para que el presidente despegue la Guardia Nacional.

Solucionar controversias entre los poderes estatales.

Toman decisiones para la integración del poder judicial.

Nombramientos de los siguientes funcionarios:

Procurador General de la República.

Embajadores.

Cónsules generales.

Empleados superiores de Hacienda.

Energía y competencia económica.

Jefes superiores de la Armada Ejercito y Fuerza Aérea Nacionales.

Entre otras.

¿Que es la sesión plenaria?

Se aprueban o se rechazan cosas:

Sesión ordinaria: sesiones programadas a discutir propuestas.
Sesiones extraordinarias: en cuestión urgente.

El Ayuntamiento

El Ayuntamiento tiene libertad para administrar sus bienes y hacienda; la hacienda municipal generalmente se forma en los bienes propiedad del municipio la contribución que señalan las legislaturas locales, las participaciones que asigne el Estado y los bienes, impuestos, derechos, productos y aprovechamiento que resulten de su administración.

El Ayuntamiento se encarga de:

Formular normas para prestar los servicios públicos municipales y aquellos que garanticen la tranquilidad y seguridad de las personas y sus bienes, además, para conservar la moralidad, la seguridad y la salud pública.

Formular la iniciativa de la ley de ingresos y presupuestos de egresos remitiéndola a la Legislatura del Estado para su aprobación.

Enviar a la Legislatura del Estado, para su autorización, a través del Gobernador del Estado, los proyectos para contratación de préstamos que afecten los ingresos de administración municipales posteriores.

Nombrar al Secretario, Tesorero y jefes de departamento y removerlos con justa causa.

Crear los órganos necesarios para planear, proyectar construir, conservar, poner en operación y administrar la prestación de los servicios públicos municipales.

Elaborar, aprobar, difundir y ejecutar el Plan Municipal de Desarrollo Urbano.

Llevar en el municipio el control del Registro Civil de la población.

Fomentar la integración social de sus habitantes.

Establecer actividades que satisfagan las necesidades públicas o de interés social promoviendo para ello la participación de los habitantes.

Administrar, conservar, incrementar y rescatar el patrimonio económico, histórico y cultural del municipio.

Los municipios conforme se desarrollen, adquieren nuevas responsabilidades y su organización se hace más grande y compleja; es importante que cada funcionario y empleado municipal cumpla una función específica, real y necesaria para aprovechar mejor los recursos.

Artículo 115 Constitucional

Cada municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directo, integrado por un Presidente Municipal y elementos de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejerce por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre esta y el gobierno del Estado.

Los municipios administraran libremente su hacienda, la cual se formara de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor y en todo caso:

A) Percibiran las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los Estados sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, division, consolidacion, traslacion, y mejor asu como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.

B) Las participaciones federales que seran cubiertas por la federacion a los municipios con arreglo a las bases, montos y plazos que anualmente se determina por las legislaturas de los Estados.

C) Los ingresos derivados de la prestacion de servicios publicos a su cargo. Convenios entre el municipio como por ejemplo: servicios publicos.

El Artículo 115 se encarga de:

a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal.

b) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales.

c) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional.

d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo.

e) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana.

f) Otorgar licencias y permisos para construcciones.

g) Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas.

h) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afectan su ámbito territorial.

Tratamiento de la información

  • El periodista transmite a los lectores noticias comprobadas, y se abstiene de incluir opiniones propias.
  • Evitar expresiones como: “al parecer”, “podría”, “no se descarta” o similares.
    Estas fórmulas sólo sirven para añadir hechos no contrastados o rumores. En ese caso deberá aportar datos ciertos que inducen al lector creer algo que “podría” ocurrir o que ha sucedido “al parecer”.
  • Los rumores no son noticia. Cuando el rumor sea utilizado por alguna persona o grupo como arma arrojadiza contra otra, se podrá denunciar este hecho, pero sin citar las acusaciones difundidas mediante estar argucia.

Las fuentes:

La información de la que dispone un periodista sólo puede ser obtenida por dos vías: su presencia el lugar de los hechos o la narración por una tercera persona.

Siempre es mejor acudir al lugar de los hechos, ya que así se obtiene más información.

  • Siempre se debe citar a la fuente, cuando el periodista no haya estado en la acción que trasmite.
  • Si la información procede de una persona se hablará de la “fuente” en singular.
  • La atribución de la noticia a una fuente o fuentes no exime al periodista de la responsabilidad de haberla escrito.
  • Cuando no se pueda citar el nombre del informante, conviene huir de expresiones genéricas como: “fuentes fidedignas”, “fuentes componentes” o “dignas de crédito” (se sobreentiende que son; en caso de lo contrario, no deben utilizarse).
  • Pueden utilizarse, no obstante, formulas que sin revelar la identidad de la fuente, se aproximan lo máximo a ella, por ejemplo: “fuente gubernamental”, “parlamentaria”, “judicial”, “eclesiástica”, “sindical”, “empresaria” o “diplomática”.
  • El termino nuca debe ser falso.

Informes de labores de los servidores públicos

El articulo 69 de la Constitución impone al Presidente de la República la obligación de rendir un informe de su gestión ante el Congreso de la Unión.
El informe se presenta en la apertura del periodo de sesiones (1 de Septiembre ).

El articulo 134 de la Constitución solo permite la difusión anual de informes de labores o gestión de medios de comunicación social simple que se cumple con los siguientes requisitos.

El informe debe ser anual y su difusión limitarse a una vez al año.

La difusión se debe realizar en ñas estaciones y canales con cobertura regional correspondiente al ámbito geográfico de responsabilidades del servicio publico.

La difusión se podrá realizar en un periodo que no exceda de 7 días anteriores y 5 posteriores a la fecha que se rinda el informe.

La difusión de los informes no se puede realizar durante el periodo de campaña electoral ni tener fines electorales.

Además, la difusión de los informes de labores debe cumplir con lo siguiente:

Debe ser autentico, genuino y veraz, lo cual implica que refiera a las acciones y actividades concretas que el servidor publico realizo en el ejercicio de su función publico del periodo del que se rinden cuentas.